Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal
Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal | |||||
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Logotipo de la Dirección General | |||||
Sede de la Dirección General | |||||
Información general | |||||
Tipo | Dirección General | ||||
Sede |
Calle José Abascal, 39 Madrid | ||||
Historia | |||||
Fundación | 30 de marzo de 2022 | ||||
Disolución | 5 de diciembre de 2023 | ||||
Sucesión | |||||
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La Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal fue un órgano del Gobierno de España, adscrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones, que entre marzo de 2022 y diciembre de 2023 fue responsable de la coordinación del sistema español de protección internacional y temporal, así como del mantenimiento de los centros de acogida estatales, la gestión de subvenciones en este ámbito y la colaboración de las distintas entidades públicas y privadas.
Historia
[editar]Contexto
[editar]Este órgano directivo se creó a finales de marzo de 2022 y se hizo mediante la separación de las funciones de la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria.[1] Este hecho fue debido al drástico aumento de solicitantes de protección internacional de refugiados ucranianos tras la invasión Rusa de Ucrania y en cumplimiento de la Decisión 2022/382 del Consejo de la Unión Europea del 4 de marzo de 2022, en su formación de Justicia y Asuntos de Interior (JAI), que estableció un mandato a los Estados miembros para que adoptasen el mecanismo de protección temporal para su aplicación inmediata en relación con las personas desplazadas en el marco del mencionado conflicto.[2]
España, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de ese año, amplió el ámbito subjetivo de los beneficiarios establecidos en la Decisión 2022/382 del Consejo, considerando como tales a los nacionales ucranianos que estuvieran en España antes del 24 de febrero y que no pudieran regresar a Ucrania, los nacionales de terceros países con residencia temporal en Ucrania, incluyendo en ambos casos a familiares de estos grupos, y los nacionales de Ucrania en situación irregular en el país.[3]
Creación
[editar]Así, la mencionada Dirección General asumió todas las funciones relativas a la gestión de emergencias migratorias y sus infraestructuras y gestión de programas de atención humanitaria para migrantes, mientras que la nueva dirección general asumió todo lo concerniente a la gestión del sistema español de acogida.[1]
Para ello, se le adscribió la Subdirección General de Programas que ahora pasaba a llamarse Subdirección General de Programas de Protección Internacional —que se encargaba de la gestión del sistema español de acogida, subvenciones, inclusión de solicitantes de asilo, refugiados y otros beneficiarios de protección internacional y, en su caso, apátridas y personas acogidas al régimen de protección temporal— y se creaba en su seno una nueva Subdirección General de Centros del Sistema de Acogida para la gestión de todo lo relativo a estos centros.[1]
En diciembre de 2023, se suprimió, regresando sus funciones a la Dirección General de Atención Humanitaria.[4]
Estructura y funciones
[editar]La Dirección General desarrolló sus funciones a través de los siguientes órganos:[5]
- La Subdirección General de Programas de Protección Internacional, a la que corresponde la planificación, desarrollo, y seguimiento del sistema de acogida en materia de protección internacional y temporal en coordinación con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social; la gestión de subvenciones y otros instrumentos de financiación y gestión para la colaboración con entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con la acogida e inclusión de solicitantes de asilo, refugiados y otros beneficiarios de protección internacional y, en su caso, apátridas y personas acogidas al régimen de protección temporal; así como la concertación con otros departamentos ministeriales, comunidades autónomas, entidades locales y entidades públicas y privadas de actuaciones de acogida e inclusión de solicitantes de asilo, refugiados y otros beneficiarios de protección internacional y, en su caso, apátridas y personas acogidas al régimen de protección temporal, en coordinación con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
- La Subdirección General de Centros del Sistema de Acogida, a la que la planificación, gestión y seguimiento de centros de titularidad pública estatal del sistema de acogida de protección internacional y la gestión patrimonial de los recursos muebles e inmuebles en lo que afecta a los centros de titularidad pública estatal del sistema de acogida de protección internacional.
Titulares
[editar]- Amapola Blasco Marhuenda (2022–2023)[6]
Referencias
[editar]- ↑ a b c «Real Decreto 216/2022, de 29 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.». boe.es. Consultado el 30 de marzo de 2022.
- ↑ «Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE y con el efecto de que se inicie la protección temporal.». www.boe.es. Consultado el 30 de marzo de 2022.
- ↑ Bruni, Paola (8 de marzo de 2022). «España regularizará a los ucranianos en situación irregular antes de que estallara la guerra». elconfidencial.com. Consultado el 30 de marzo de 2022.
- ↑ Ministerio de Hacienda y Función Pública (6 de diciembre de 2023). «Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.». www.boe.es. Consultado el 6 de diciembre de 2023.
- ↑ «Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.». www.boe.es. Consultado el 30 de marzo de 2022.
- ↑ Press, Europa (29 de marzo de 2022). «Miriam Benterrak y Amapola Blasco, nombradas directoras de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida respectivamente». www.europapress.es. Consultado el 31 de marzo de 2022.