Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público | ||
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Tribunal Català de Contractes del Sector Públic | ||
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Localización | ||
País | España | |
Información general | ||
Sigla | TCCSP | |
Jurisdicción | autonómica | |
Tipo | órgano administrativo | |
Sede | Barcelona | |
Organización | ||
Depende de | Generalidad de Cataluña | |
Relacionados | Contratación del sector público | |
Historia | ||
Fundación | 2013 | |
Sitio web oficial | ||
El Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público (en catalán: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic) es un órgano administrativo que entiende sobre la contratación en el sector público en Cataluña (España). Fue creado mediante el Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, por el que se regula el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público y se aprueba su organización y su funcionamiento.[1] Su primer presidente fue el interventor de la Generalidad Juan Antonio Gallo Sallent, que en junio de 2017 fue sustituido por Neus Colet Arean.[2]
Funciones
[editar]Ejerce sus funciones en el ámbito de la administración de la Generalidad de Cataluña, de las entidades y los organismos que forman parte de su sector público y que tienen la consideración de poderes adjudicatarios, de las administraciones locales integradas en su territorio, y también de las entidades y los organismos de la Administración local que tienen la consideración de poderes adjudicatarios.[3]
Tiene competencia material sobre los actos siguientes:
- Resolver los recursos especiales en materia de contratación interpuestos contra los actos relacionados en el apartado 2 del artículo 310 de la Ley 30/2007 cuando se refieren a los tipos de contratos especificados en el apartado 1 del mismo artículo y no se tratan procedimientos de adjudicación que se sigan por el trámite de urgencia.
- Decidir sobre la adopción de medidas provisionales que han solicitado las personas que señala el artículo 312 de la Ley 30/2007 con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación.
- Resolver las cuestiones de nulidad basadas en los supuestos especiales de nulidad contractual establecidos en el artículo 37 de la Ley 30/2007.
- Resolver las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación de los contratos, las medidas provisionales y de la cuestión de nulidad a que hacen referencia los artículos 101, 103, 109, 110 y 111 de la Ley del Estado 31/2007, del 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.[4][5]
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Tribunal Català de Contractes del Sector Públic a sac.gencat
- ↑ Neus Colet, nueva presidenta del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, en la web Obcp.es, consultada el 16 de octubre de 2017.
- ↑ Constitució del Tribunal Català de Contractes del Sector Públic, 3 de març de 2017
- ↑ El Tribunal Català de Contractes del Sector Públic anul·la el concurs elèctric de Barcelona Archivado el 6 de noviembre de 2017 en Wayback Machine., Vilaweb, 9 de març de 2017
- ↑ El Tribunal Català de Contractes del Sector Públic anul·la el concurs elèctric de Barcelona, El Punt Avui, 9 de març de 2017
Enlaces externos
[editar]- Web del Tribunal Català de Contractes del Sector Públic (en catalán).